Autodespido en Chile | Abogados Especialistas | AN Abogados
Abogados laborales en Santiago · +56 9 7504 1400 Solo cobramos si ganamos
Abogados especialistas en autodespido

¿Tu empleador no cumple?
Tienes derecho a autodespedirte

El autodespido te permite terminar tu relación laboral sin perder tu indemnización por años de servicio. Conoce si tu caso califica y cuánto podrías obtener.

  • Evaluamos tu caso sin costo
  • No pagas nada hasta que ganemos tu juicio
  • Abogados con experiencia en demandas de autodespido

Consulta gratuita

Cuéntanos tu situación y te orientamos en menos de 24 horas.

Tu información es confidencial y está protegida.
5.0 en Google Reviews
Experiencia en demandas laborales
Respuesta en menos de 24 hrs
$0 inicial — cobramos solo si ganamos

Causales para autodespedirse en Chile

El artículo 171 del Código del Trabajo permite al trabajador poner término al contrato cuando el empleador incurre en incumplimientos graves. Estas son las causales más comunes:

No pago de cotizaciones

Si tu empleador no está pagando AFP, Fonasa/Isapre o AFC, tienes una de las causales más sólidas para autodespedirte y cobrar indemnización completa.

Art. 160 Nº7 + Art. 171 CT

No pago de remuneraciones

Si no te pagan el sueldo a tiempo o te pagan menos de lo acordado, puedes invocar incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

Art. 160 Nº7 + Art. 171 CT

Acoso o maltrato laboral

Conductas de hostigamiento, humillación o maltrato por parte del empleador o compañeros constituyen causal de autodespido, especialmente bajo la Ley Karin.

Art. 160 Nº1 letra f) + Ley 21.643

Cambio unilateral de funciones

Si tu empleador modifica sustancialmente tus funciones, horario o lugar de trabajo sin tu consentimiento, puedes tener causal de autodespido.

Art. 160 Nº7 + Art. 12 CT

El proceso de autodespido paso a paso

El autodespido requiere cumplir ciertos pasos legales para que sea válido. Nosotros te guiamos en cada etapa.

1

Evaluación del caso

Analizamos si tu situación configura una causal legal válida y cuánto podrías obtener.

2

Carta de autodespido

Redactamos y enviamos la carta notificando el término del contrato a tu empleador y a la Inspección del Trabajo.

3

Demanda laboral

Presentamos la demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo para que se reconozca la justificación del autodespido.

4

Cobro de indemnizaciones

Si el tribunal acoge la demanda, obtienes indemnización por años de servicio, sustitutiva de aviso previo y recargos legales.

¿Qué puedes obtener con un autodespido?

A diferencia de la renuncia, el autodespido te permite reclamar todas las indemnizaciones como si hubieras sido despedido.

Indemnización por años de servicio

Un mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción superior a 6 meses), con tope de 11 años.

Indemnización sustitutiva de aviso previo

Equivalente a un mes de remuneración íntegra.

Recargo legal del 50% o 80%

Si se acredita el incumplimiento grave del empleador, las indemnizaciones se incrementan por ley.

Nulidad del despido

Si no te pagaban cotizaciones, el empleador debe pagar remuneraciones desde el despido hasta que regularice el pago.

Lo que necesitas saber sobre el autodespido

Sí. De hecho, lo habitual es que el trabajador esté prestando servicios al momento del autodespido. Al enviar la carta de autodespido dejas de asistir al trabajo, y luego se presenta la demanda judicial. Es importante no renunciar antes de este proceso.
Tienes 60 días hábiles desde la fecha del autodespido para presentar la demanda ante el Juzgado del Trabajo. Es fundamental actuar rápido para no perder este plazo.
Si el tribunal no acoge la demanda, se entiende que el contrato terminó por renuncia voluntaria. Por eso es crucial contar con asesoría legal antes de dar el paso, para evaluar si las causales son suficientes.
En AN Abogados trabajamos con honorarios de éxito: no pagas nada al inicio. Solo cobramos un porcentaje si ganamos tu caso. La primera consulta es completamente gratuita.
Un juicio laboral por autodespido típicamente toma entre 6 meses y 1 año, dependiendo de la complejidad del caso y la carga del tribunal. En algunos casos es posible llegar a una conciliación antes de la sentencia.
Sí. La Ley 21.643 (Ley Karin) reforzó la protección contra el acoso laboral y sexual. Si tu empleador no ha tomado medidas ante una denuncia de acoso, puedes invocar incumplimiento grave como causal de autodespido, además de una eventual tutela de derechos fundamentales.

¿Listo para conocer tus opciones?

Conversemos sobre tu caso. La primera consulta es gratuita y confidencial.

Escríbenos por WhatsApp

O llámanos al +56 9 7504 1400 · Santa Lucía 270, of. 301, Santiago

© 2026 AN Abogados — Ascoy & Narea Abogados. Todos los derechos reservados.